miércoles, 2 de abril de 2014

Guía de Emisores de Calefacción a Baja Temperatura de Agua

Guía de Emisores de Calefacción a Baja Temperatura de Agua 


La Comunidad de Madrid edita esta Guía sobre Emisores de Calefacción a Baja Temperatura de Agua, con la que se pretende aportar de forma sencilla y útil los beneficios energéticos y económicos que proporciona la utilización de este tipo de emisores en la climatización de edificios de viviendas. 


Guía de renovación de aire eficiente en el sector residencial


En esta Guía de Renovación de Aire Eficiente en el Sector Residencial se va a reflejar una síntesis de la experiencia que acumulan otros países en la ventilación de viviendas, para facilitar la selección entre los diferentes sistemas, el diseño, la instalación y los procedimientos de mantenimiento de los mismos.




jueves, 20 de marzo de 2014

bomba de calor para Agua Caliente Sanitaria (ACS) hasta 90°C con compresor de CO2.

bomba de calor para Agua Caliente Sanitaria (ACS) hasta 90°C con compresor de CO2.

El primer compresor del mundo de CO2 que combina en un solo compresor la tecnología de compresión rotativa y scroll. La nueva bomba de calor de Mitsubishi Heavy Industries utiliza un compresor de CO2 para obtener agua caliente sanitaria hasta 90°C incluso con temperaturas exteriores de -25°C. El sistema Q-Ton es capaz de alcanzar los 90°C sin utilizar ninguna energía convencional de apoyo, reduciendo los costes de funcionamiento y el impacto medioambiental.


Mitsubishi HI

jueves, 13 de febrero de 2014

10/02/2014 - Autonómico (Comunidad de Madrid) - Seguridad Industrial

Decreto 10/2014, de 6 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el procedimiento para llevar a cabo las inspecciones de eficiencia energética de determinadas instalaciones térmicas de edificios.
calendario inicial y la periodicidad de las inspecciones periódicas de eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios de potencia útil nominal superior a 70 kW.
Desarrollar su procedimiento y determinar los requisitos que deben cumplir los agentes cualificados para llevarlas a cabo.

Entrada en vigor:A los seis meses de su publicación en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”.BOCM 10/02/2014

bocm.es.PDF

domingo, 19 de enero de 2014

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